
Actualmente, en 2024, la baja cuando se está en activo consta de 16 semanas (aunque existe en el aire un proyecto por parte del Gobierno de ampliarlo a 20, no obstante hasta que eso ocurra siguen siendo 16) de las cuales se deben disfrutar 6 de forma continuada y las restantes se puede elegir cómo hacerlo de manera voluntaria (dependiendo la situación de cada persona) por esta razón, hay gente que decide ir solapando las bajas entre un progenitor y otro por aquello de alargarlo en el tiempo y así cuando uno se incorpora a trabajar el otro puede volver a retomar la baja que había dejado suspendida.

(foto tomada de la web de Bankinter)
La prestación se denomina Nacimiento y cuidado de menor, que consiste en un subsidio equivalente al 100% de una base reguladora. Esta prestación la paga íntegramente la Seguridad Social y tiene un límite, 4.495,50 euros.
La prestación por nacimiento la obtienen las personas trabajadoras (ambos progenitores) como decía más arriba durante las semanas que dura el permiso de maternidad y paternidad.
Para solicitarlo se debe estar afiliada o afiliado y en alta, así como tener cubierto un periodo mínimo de cotización que variará en función de la edad
En este enlace se encuentran los detalles de la prestación: https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/6b96a085-4dc0-47af-b2cb-97e00716791e/19-c021#19-C021
De igual modo, las ayudas las pueden recibir las diferentes estructuras familiares existentes, tales como:
- -familias numerosas
- -monoparentales o con discapacidad con ingresos bajos,
- -prestación económica por parto o adopción múltiple.
- ayuda familiar por hijo o menor acogido con discapacidad
- ayuda de 100 euros para madres trabajadoras (deducción por maternidad),
- y deducción por familia numerosa.
Hasta aquí hemos hablado de la prestación por cuidado del menor a nivel estatal pero a nivel autonómico y a veces local, existen también ayudas para el cuidado del menor. Si bien es cierto, que cada Comunidad Autónoma, Región o Localidad tendrá recogidas en sus bases las ayudas de las que dispone para ofertar.
Por ejemplo, pondré el ejemplo de Cantabria. Este año se han publicado una serie de ayudas para la mujer por nacimiento y cuidado del menor que se publican a través de la Consejería de Igualdad así como otra ayuda local publicada por el Excmo. Ayuntamiento de Santander que publica en su misma web. (https://www.santander.es/)
Para encontrar todas estas ayudas, muchas veces acabamos antes tecleando en google “ayudas baja maternidad” pero lo mejor para no perdernos ningún detalle será visitar las diferentes webs oficiales que nos puedan interesar, como las de las Consejerías Autonómicas , webs de ayuntamientos locales y por supuesto Boletines oficiales autonómicos
Ejemplo Cantabria: https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=286351t
Y TRANQUILO que si vives en Cantabria y no trabajas, también existe una ayuda de la que podrás beneficiarte por el nacimiento del SEGUNDO HIJO. Aquí encontraras toda la información https://natalidad.cantabria.es/ayudasdirectas
De todos modos, cualquier duda que tengáis siempre podéis acceder a este enlace y viene todo explicado y resumido por secciones
https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Ciudadanos/familia/05familia
Si hay algo que no entiendes o necesitas que te ayudemos, no dudes en ponerte en contacto con nosotros a través del formulario que encontrarás más abajo.